Durante la quinta Sesión del Primer Periodo Ordinario de Sesiones, y en cumplimiento al compromiso con los ciudadanos guanajuatenses, las y los diputados del Grupo Parlamentario del PAN presentaron dos iniciativas.
La primera de ella es una reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato que tiene como objetivo adecuar la facultades de la Diputación Permanente a la dinámica social actual.
Dicha enmienda fue presentada por el diputado Guillermo Aguirre Fonseca quien mencionó que “la actual figura de la Diputación Permanente en el Estado de Guanajuato presenta un desfase temporal frente a las necesidades del Estado y todo su entramado institucional. Es necesario garantizar que el Poder Legislativo cumpla integral y eficientemente con sus atribuciones, sin importar si éste se encuentra actuando en Pleno o únicamente es representando por la Diputación Permanente”.
El legislador precisó que así se modifican las facultades de nombrar y remover empleados del Congreso del Estado, así como conocer de las renuncias de ellos; también se contempla que la Diputación Permanente pueda autorizar las solicitudes del Poder Ejecutivo para desafectar los bienes destinados al servicio público o los de uso común del Estado.
Enseguida, la diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, en representación del Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso local, presentó una propuesta de reforma al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.
La legisladora precisó que la propuesta busca que “en las sentencias que resuelvan cuestiones relativas a alimentos, patria potestad, custodia y divorcio, si no fueren recurridas por las partes, el Juez oficiosamente hará la declaración de ejecutoriedad, previa certificación por la secretaría del tribunal, de que habiendo transcurrido el plazo a las partes para recurrir la sentencia, no se interpuso recurso alguno”.
Señaló que esta forma “se primigenia el interés superior de las niñas y niños, que es precisamente la atención que el Estado debe proporcionar a la infancia para efecto de garantizar su desarrollo integral, tanto físico como emocional, que les permita alcanzar la edad adulta y una vida sana”.
“Por otra parte, en cuanto a las sentencias que resuelvan procedimientos de divorcio, también consideramos pertinente incluirlas en virtud de que en concordancia con la celeridad que debe primar en el procedimiento a que ya hemos hecho referencia, sería conveniente que también el juzgador oficiosamente declare la ejecutoriedad de las sentencias, máxime si se trató de un proceso de divorcio altamente contencioso y en el que se patentiza el desgaste emocional de las partes”, añadió.
Finalmente, la diputada Libia García remarcó que “los diputados del PAN consideramos importante que en tratándose de asuntos de alimentos, patria potestad, custodia y divorcio, se daría celeridad al procedimiento, si el plazo para interponer el recurso de apelación ha transcurrido sin que este último se haya interpuesto por las partes, debe entenderse que las partes están conformes con la sentencia emitida por el Juzgador, por lo que, el hecho de que el Juez oficiosamente haga la declaratoria judicial de ejecutoriedad para que dicha sentencia adquiera definitividad, repercutirá en beneficio de las y los niños, y de las partes”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.