León, Gto.- Los miembros del H. Ayuntamiento de León incurrirán en una ilegalidad si el nuevo fallo para la recolección de basura en el municipio no está apegado a Derecho, es decir, si no favorece a las actuales empresas prestadoras del servicio o a la que interpuso la demanda de nulidad, JS Hermanos; como lo refirió el presidente del Colegio de Abogados de León, Jorge Marcelino Trejo.
Si los regidores integrantes de la Comisión Especial del Ayuntamiento deciden cambiar de empresa para prestar el servicio, no están cumpliendo con la orden exacta del magistrado de Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), por lo que serían acreedores a: I.- I. Amonestación; II. Sanción económica; III. Suspensión; IV. Destitución, y V. Inhabilitación, según lo contemplado por los artículos 12 y 13 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del estado de Guanajuato y sus municipios, contemplada como conducta grave de acuerdo al artículo 21 del mismo ordenamiento.
También incurrirían en la comisión de delitos como Cohecho, Usurpación de Funciones Públicas, Falsedad ante una Autoridad, Tráfico de Influencias y Abuso de Autoridad, entre otros, de acuerdo a lo contemplado en los artículos 247, 251, 253, 258 y 261 del Código Penal del Estado de Guanajuato, ya que son servidores públicos de acuerdo a lo establecido en el artículo 263 de la misma Ley y se le interpondrán las penas que marca el propio ordenamiento jurídico.
Debido a que el presidente municipal, Héctor López Santillana, se excusó de participar en la Comisión Especial instaurada por el Ayuntamiento, argumentando un conflicto de interés, no podría ser juzgado por estos delitos, lo que evidencia un claro deslinde de responsabilidades.
El alcalde Héctor López Santillana no tendrá problema porque se excusó de participar argumentando conflicto de intereses, pero los regidores tendrán que enfrentar, ahora sin fuero, las consecuencias legales -penales y administrativas- de su votación.